El Estado con derecho de Xi Jinping

Tradicionalmente, a la hora de evaluar los ejes del cambio iniciado hace más de tres décadas en China con Deng Xiaoping otorgamos más importancia a la reforma que a la apertura al exterior. Sin embargo, para una civilización que ha vivido siglos y siglos encerrada en sí misma, es la apertura al mundo la clave de mayor trascendencia. De hecho, nunca China ha sido tan interdependiente como ahora y ello señala una transformación de gran envergadura.

Apartados xeográficos China e o mundo chinês
Idiomas Castelán

Tradicionalmente, a la hora de evaluar los ejes del cambio iniciado hace más de tres décadas en China con Deng Xiaoping otorgamos más importancia a la reforma que a la apertura al exterior. Sin embargo, para una civilización que ha vivido siglos y siglos encerrada en sí misma, es la apertura al mundo la clave de mayor trascendencia. De hecho, nunca China ha sido tan interdependiente como ahora y ello señala una transformación de gran envergadura.

Del mismo modo, hoy día, cuando China asiste a una oleada de nuevas reformas, gran parte del acento se traslada a la magnitud de los cambios económicos, ciertamente importantes porque deben auspiciar un nuevo modelo de desarrollo y reforzar y completar los engarces pendientes con el exterior incluso en áreas de tanta relevancia como la financiera. No obstante, en paralelo, se está alentando igualmente un cambio en la cultura política de gran significación histórica. En efecto, si el mandato de Hu Jintao apostó con su “armonía” por una revitalización adaptada del discurso confuciano, la clave que aflora de Xi Jinping y su clan de Shaanxi radica en el impulso al legismo, la escuela filosófica justamente opuesta al confucianismo que en los siglos V a III a.n.e. defendía el gobierno mediante la ley frente al gobierno mediante los ritos.

El neolegismo de Xi Jinping, evocado con una retórica que apunta a mejorar la gobernanza del Estado mediante la implementación de la ley, tiene como principal objetivo el fortalecimiento del poder del PCCh (en la escuela legista era el poder del monarca), situando la norma como base esencial del funcionamiento institucional a todos los niveles y fuente básica de autoridad para impedir que otros idearios desafíen el control de la primera dinastía orgánica de su historia.

La reforma política en curso no supone afectar las columnas de la estructura sistémica vigente, sino de asociarlas con una institucionalidad basada en un cuerpo normativo que sirva de referencia para una gobernanza más transparente y moderna. Esto se aprecia en el empeño de los actuales líderes por dotar de base normativa las nuevas políticas, retrasando su aplicación hasta contar con las leyes y reglamentos adecuados. No solo se trata pues de que el mercado tenga un rol más decisivo, sino que también lo tenga la ley. La práctica habitual en esta China, conforme al viejo axioma de que “mandan los hombres y no las leyes”, siempre ha consistido en llevar a cabo las reformas a partir de decisiones políticas que no han contado con soporte normativo estatal e incluso a veces siendo adoptadas por órganos no institucionalizados. La codificación debe rigorizar dichos procesos, reducir la opacidad y contribuir a mejorar el control del PCCh. En suma, en una China gobernada por una ley que entroniza el papel del Partido, sus  gestores deben interiorizar la necesidad de la legislación, actuando no ya en función de los principios de legitimidad revolucionaria o crecimiento sino de legalidad.

En dicho proceso, un elemento esencial es la reforma de la justicia, hoy más fiel al Partido que a la norma. Su actuación adolece de importantes taras y la mayor de todas es su crisis de credibilidad. La limitación de los errores judiciales o de la corrupción forma parte de una agenda que propone un reajuste de la intervención del PCCh en dicho orden con vistas a ampliar la esfera de la imparcialidad. La intervención política va a reducirse, aunque no será eliminada del todo, especialmente en los casos considerados políticamente más sensibles. Fortalecer la independencia y la profesionalidad de los jueces, hasta ahora obligados a coordinar posiciones con el PCCh, la policía o los fiscales, constituye el mayor reto.

El tercer elemento a considerar es la concepción de los derechos de las personas. La abolición del sistema de laojiao, por ejemplo, que permitía condenar a criminales de poca monta – y también peticionarios- hasta cuatro años de cárcel sin juicio, o la exclusión de las pruebas y testimonios obtenidos bajo tortura, como medio para prevenir los errores judiciales estableciendo que sin evidencias claras no puede haber condena, concretan una apuesta por un enfoque diferente de la ciudadanía para quien la ley debe ser guía de su conducta pero también base irrenunciable de su derecho.

Son pasos positivos, pero que nadie se engañe. Xi Jinping reforzará por esta vía el fundamento jurídico, la transparencia normativa y el valor del procedimiento en la acción de gobierno, pero no permitirá que la disidencia se interponga en sus planes y será tan duro con ella como sus antecesores.  El cuánto afectará este proceso a un PCCh habituado a instrumentar la norma únicamente en su propio beneficio es una incógnita. La jaula de regulaciones aludida por Xi como sustento para subordinar el Partido y el Estado al orden jurídico ambiciona sentar las bases de una nueva concepción política de la estabilidad, pero ese Estado con derecho, observador del principio de legalidad, estará más próximo, al menos a corto plazo, al utilitarismo del legismo que a la limitación del poder instituida en un Estado de derecho y cuya primera misión es proteger las libertades fundamentales de sus ciudadanos.