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Convenio Marco de Colaboración entre Casa Asia e Igadi (2004)

Acordo de colaboración entre Casa Asia e Igadi de 4 de outubro de 2004.

Convenio Marco de Colaboración Casa Asia - Igadi

Acuerdo de colaboración entre Casa Asia y el Instituto Galego de Análise e Documentación Internacional
Reunidos en Barcelona, a 4 de octubre de 2004.De una parte, Ion de la Riva, director general de Casa Asia, en nombre y representación de la misma y en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas, y de otra, Xulio Ríos Paredes, director del Instituto Galego de Análise e Documentación Internacional,Reconociéndose mutuamente la capacidad legal para otorgar este Convenio Marco
MANIFIESTAN
Habida cuenta que desde su creación en 2001, Casa Asia ha venido procurando el establecimiento de una alianza de facto entre todos los actores interesados en el estímulo de los asuntos asiáticos en España.Considerando que desde 1994 el Igadi ha desarrollado una línea de estudio sobre las transformaciones del mundo chino que ha cristalizado en publicaciones y actividades diversas que denotan la existencia de un compromiso perseverante y firme con esta temática.Valorando también la necesidad de promover en Galicia un esfuerzo de aproximación y divulgación de las actividades y puntos de vista de Casa Asia, brindando la posibilidad de referenciar en nuestra Comunidad algunas de sus iniciativas.Coincidiendo ambas partes en la necesidad de contribuir, en la medida de sus posibilidades, a estimular el interés por los asuntos asiáticos en general en la sociedad española, y en particular en la sociedad gallega.En virtud de cuanto precede, las dos partes suscriben el presente Convenio sujeto a las siguientes
CLÁUSULAS
PrimeraSe establecen como objetivos compartidos los siguientes:a) Promover acciones de reflexión y sensibilización sobre temas asiáticos, tanto en términos generales como en el marco de iniciativas conmemorativas concretas.b) Incorporar a la sociedad gallega a las dinámicas asiáticas, sensibilizando a aquellos actores (administraciones públicas, medios de comunicación, ONGDs, sindicatos, etc) que desarrollan labores significativas de intermediación social.c) Estimular el interés de la ciudadanía en general por los propósitos y líneas de trabajo de Casa Asia, favoreciendo una educación y conciencia en valores que estimulen el diálogo civilizatorio.d) Facilitar la celebración en Galicia de algunas actividades: conferencias, seminarios, encuentros, etc, optimizando las visitas a España de líderes asiáticos o de especialistas en esta temática.e) El desarrollo de líneas y proyectos de investigación conjunta.f) El apoyo a investigadores y estudiantes interesados en los temas asiáticos.g) Organizar e impartir cursos de formación relacionados con temáticas asiáticas.h) Difusión en Galicia de las publicaciones de Casa Asia, asegurando el intercambio permanente de información entre ambas entidades.i) Habilitar mecanismos que permitan una eficaz coordinación de todos aquellos agentes que en Galicia pueden estar interesados en la consecución de similares objetivos.SegundaPara la eficaz implementación de dichos objetivos, ambas partes elaborarán anualmente un Plan de actividades.TerceraLas partes acuerdan que la gestión operativa en Galicia recaiga en el Igadi, constituido en centro de referencia de Casa Asia en esta Comunidad. En todas las actividades desarrolladas al amparo de este Convenio se hará constar explícitamente la participación de ambas partes.CuartaCasa Asia apoyará el Observatorio de Políticas Chinas que impulsa el Igadi con tres ámbitos principales de estudio: democratización, estado de derecho, y derechos humanos. Ambas partes se comprometen a procurar la financiación necesaria para su digna implementación y funcionamiento.QuintaSe crea una Comisión de Seguimiento formada por un representante de cada una de las partes que se reunirán un mínimo de dos veces al año para programar las actividades y efectuar el balance de las mismas.SextaLas partes intervinientes acuerdan que en caso de litigio, discrepancia o reclamación que resulte de la ejecución o interpretación del presente Convenio, se resolverán en primera instancia a través de un árbitro de equidad.SéptimaLa duración del Convenio es indefinida y entrará en vigor a partir de la fecha de la firma. La rescisión del mismo por alguna de las partes se efectuará por escrito y con una antelación mínima de tres meses. En cualquier caso, se deberá garantizar la finalización de las actividades en curso.Y en prueba de conformidad, las dos partes firman el presente Convenio, cuyo texto en catalán y gallego es igualmente auténtico, en el lugar y fecha del encabezamiento.
Ion de la Riva,Xulio Ríos Paredes,
director general de Casa Asia.director del Igadi.